El servicio de transporte a través de plataformas digitales como es el caso de Uber es distinto y no puede sujetarse a las mismas exigencias de los taxis tradicionales.
23/05/17 | Por Noticias TNE
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una orden que declara improcedentes los requerimientos adicionales, agregados en la Ley de Transporte del estado de Yucatán para plataformas digitales de transporte como Uber.
Alberto Pérez Dayán, ministro de la Corte, consideró violatorio el principio de igualdad y de libertad de trabajo al definir requisitos especiales a empresas de transporte que operan mediante aplicaciones digitales, mismos que no son exigidos a los taxistas.
En consecuencia, él propone invalidar la fracción IX del artículo 40 la cual establece que para poder ofrecer el servicio, el valor de los automóviles debe superar los 200 mil pesos, tener una antigüedad menor a siete años y no más de siete lugares para sus ocupantes. También pretende anular el requerimiento de que quien pretenda proporcionar el servicio y obtener la certificación, deba ser el propietario del vehículo.
“Se traduce en un trato diferenciado que menoscaba el principio de igualdad en relación con la integridad personal y la humana como tal. En tanto, se pretende garantizar en mayor medida la integridad de un grupo de personas en comparación con otro, cuya movilidad se realiza a través de un medio de transporte diverso, lo cual constituye un trato discriminatorio negativo”, expresó Pérez Dayán. También se mostró de acuerdo con los diputados locales en que son más las peticiones que exige la ley a los transportistas de Uber en comparación con los taxis tradicionales.
Ocho ministros de 11, determinaron que Uber no puede ser reglamentado de igual forma que el servicio tradicional de transporte. “Los taxis de alquiler funcionan con una concesión. No se puede equiparar, para mí, con el servicio prestado por una plataforma electrónica. Claramente se busca que el servicio hecho por estas plataformas sea de mayor calidad y en teoría, de mayor seguridad”, declaró el ministro Arturo Zaldívar.
La minoría parlamentaria del Congreso de Yucatán fue quien promovió la inconstitucionalidad. Esta será la primera ocasión en la que los ministros deban fijar una postura, misma que fungirá como un parteaguas respecto a las regulaciones de otras alternativas de transporte, como Cabify o Easy Taxi.
Enrique González, representante legal de Uber en América Latina, considera que estos hechos pueden marcar un hito en relación a la economía colaborativa del país, la cual ha traído grandes beneficios y puede seguir aportándolos en cuestiones financieras.
En junio del año pasado, el Congreso de Yucatán aprobó por mayoría de votos la reforma a la Ley de Transporte del Estado. Dicha situación fue considerada por miembros del Partido Acción Nacional (PAN) y Morena como una acción en aras de proteger el monopolio de los taxistas.